T2.3 (D2.6) CHARLA:
"BUENAS PRÁCTICAS PARA NAVEGAR SEGUROS POR LA RED". ARTÍCULO 8
(Protección de datos personales). ALBA PÉREZ RICO DE CIBERVOLUNTARIOS. LOS VALORES DE LA UNIÓN EUROPEA. WE CELEBRATE EUROPE.
La
protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de
datos personales es un derecho fundamental reconocido en los artículos
18.4 de la Constitución española, 8.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europea y el 16.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europa. El Senado mantiene una política de pleno respeto y cumplimiento
de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de este compromiso, el Senado garantiza a los
ciudadanos que trata confidencialmente sus datos personales de forma
lícita, transparente y leal.
Los datos de carácter personal se utilizarán para los fines previstos
en el procedimiento o actuación que se trate, limitándose a los
estrictamente necesarios para la correcta prestación de servicios.
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